Nueva prohibición de viajes vigente a partir del 9 de junio de 2025
Una importante actualización en la política migratoria estadounidense podría afectar a quienes solicitan visas de inmigrante (IV), visas K-1 para prometidos(as) y visas de no inmigrante (NIV). Esto es lo que necesita saber.
Una importante actualización en la política migratoria estadounidense podría afectar a quienes solicitan visas de inmigrante (IV), visas K-1 para prometidos(as) y visas de no inmigrante (NIV). Esto es lo que necesita saber.
¿Qué está cambiando? Nueva prohibición de viaje vigente a partir del 9 de junio de 2025
El 4 de junio de 2025, el presidente Trump emitió una proclamación que invoca las secciones 212(f) y 215(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad, prohibiendo o restringiendo la entrada a EE. UU. a ciudadanos de 19 países, vigente a partir del 9 de junio.
Prohibición total (sin emisión de IV ni NIV): Afganistán, Myanmar, Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
Restricciones parciales (no se otorgan visas de inmigrante y existen límites estrictos para las visas de visitante, estudiante e intercambio B, F, M y J): Burundi, Cuba, Laos, Sierra Leona, Togo, Turkmenistán y Venezuela.
¿Quiénes están afectados?
Las visas ya emitidas (IV, K-1 o NIV) antes del 9 de junio siguen vigentes; no serán revocadas.
Se denegarán las nuevas solicitudes de los 19 países afectados, para cualquier categoría, a menos que se aplique una excepción limitada.
Las excepciones incluyen a titulares de tarjetas de residencia permanente (Green Card), visas diplomáticas o A/G, personas con doble nacionalidad que utilicen un pasaporte seguro, familiares directos de ciudadanos estadounidenses, visas especiales de inmigrante (como las visas especiales de inmigrante (SIV) afganas) y ciertos casos de interés nacional o de exención.
Qué significa esto para los clientes de visas IV, K-1 y NIV
Quienes soliciten visas de inmigrante (familiares o laborales) o peticiones K-1 de prometido(a) desde países con prohibición total no podrán programar entrevistas ni recibir visas en los consulados.
Los solicitantes de países con restricciones parciales no pueden solicitar nuevas visas de turista, estudiante o de intercambio, ni ninguna tarjeta de residencia permanente (Green Card), a menos que califiquen para excepciones contundentes.
Los solicitantes de visas K-1 de prometido(a), incluso con peticiones aprobadas, enfrentarán retrasos si su país está en la lista de países con prohibición total, a menos que califiquen para excepciones limitadas.
Algunas visas ya aprobadas aún pueden usarse para viajar, pero se espera un escrutinio adicional en los puertos de entrada.
Posibles desafíos legales futurosz
Defensores de los derechos civiles y de la inmigración ya han comenzado a organizar posibles demandas, alegando que la prohibición es discriminatoria e inconstitucional.
Las demandas podrían presentarse en un tribunal federal en cuestión de días o semanas.
Los jueces podrían emitir medidas cautelares para detener la ejecución mientras el litigio avanza.
El resultado final podría recaer en la Corte Suprema, especialmente si se acelera el proceso.
Qué debe hacer ahora
Si proviene de un país afectado y se encuentra en proceso de solicitud:
Posponga las nuevas solicitudes, a menos que claramente califique para una excepción.
Si su visa ya fue aprobada: prevea posibles retrasos y un escrutinio adicional al ingresar.
Si esta política afecta su caso, le recomendamos:
Consulte con un abogado.
Estamos aquí para ayudarle
Si se ve afectado por esta prohibición de viaje, contáctenos de inmediato. Podemos:
Revisar si califica para alguna de las excepciones o exenciones mencionadas.
Asesorarlo sobre las posibles opciones.
Comuníquese con nuestra oficina para programar una cita con uno de nuestros abogados al 414.533.5000.